Contaminación por ruido

¡Fin a los bullosos! Inmovilizarán y sancionarán a conductores que superen los niveles de ruido en Ibagué

Según el Decreto 2450, las autoridades ya no requerirán de una prueba técnica especializada con sonómetros para determinar la superación de los decibeles permitidos.

Cortesía X - Secretaria de Movilidad, Claudia Díaz (@ClaudiaDiazAco1) Operativo contra invasión de andenes por parte de motociclistas.

Tras las constantes y reiteradas denuncias de la comunidad en distintos sectores de Ibagué sobre el exceso de ruido provocado por establecimientos comerciales y, principalmente, por conductores de motocicletas en zonas residenciales y vías públicas, las autoridades locales han decidido tomar cartas en el asunto, fortalecer los controles y combatir de raíz esta problemática que altera la tranquilidad ciudadana.

Francisco Espín, secretario de Gobierno Municipal, indicó que mediante el Decreto 2450 se implementó una serie de flexibilidades para que las autoridades, especialmente la Policía Metropolitana, tengan mayores herramientas y facilidades frente al manejo del ruido y las severas sanciones que se pueden aplicar a los infractores.

El balance de las medidas y la autonomía de las autoridades

“Se rompe la armonía en la comunidad con algún elemento que no necesariamente requiere una medición a través de un dispositivo calibrado o por una persona calificada para determinar si hay un número de decibeles superiores a los permitidos por la ley. Con la sola percepción y la toma de cualquier medio técnico como prueba, se puede identificar que hay una alteración de la tranquilidad en la zona”, indicó el funcionario.

Espín aclaró que la aplicación de la norma dependerá estrictamente de la zona en la que se presente la infracción (sea residencial o comercial), el horario y la actividad que se esté realizando.

En ese sentido, la Policía Nacional tendrá toda la facultad y capacidad de imponer la sanción económica pertinente, mientras que la Secretaría de Movilidad será la encargada de realizar la inmovilización de los vehículos y la incautación de los elementos modificados que generen la contaminación auditiva.

La percepción como prueba reina para los comparendos

“La gran novedad es que ya no será necesaria la prueba técnica, lo que le da mucha flexibilidad a la Policía para que tome las determinaciones pertinentes para poder imponer el comparendo”, aclaró el jefe de la cartera de Gobierno.

Finalmente, el funcionario reveló que se incrementarán de manera drástica los operativos relámpago en zonas críticas ya identificadas por la Secretaría de Movilidad, en un trabajo articulado con la Policía Metropolitana y la Secretaría de Gobierno, con el fin de aplicar la norma con rigurosidad, incluyendo las sanciones específicas por la modificación ilegal de exostos y resonadores en los vehículos.

¿Qué establece la norma sobre la contaminación auditiva y los vehículos?

La modificación de los sistemas de escape (como la instalación de resonadores o exostos libres) en motocicletas y carros está tipificada en el Código Nacional de Tránsito.

Conducir un vehículo que emita ruidos que superen las normas ambientales vigentes no solo da lugar a una orden de comparendo (multa económica), sino que faculta a los agentes de tránsito para trasladar el automotor a los patios en calidad de inmovilizado hasta que el propietario restablezca el vehículo a sus condiciones técnicas originales.